Bienvenidos
Este sistema busca que todas y todos los integrantes de la comunidad universitaria -y la ciudadanía en general- puedan ejercer vigilancia sobre las posibles deficiencias en el desarrollo de las funciones en la Universidad, de manera que puedan ser corregidas adecuadamente.
¿Quiénes pueden hacer uso
del SQRS?
Cualquier miembro de la comunidad universitaria, así como cualquier ciudadano en general, puede hacer uso del Sistema de Quejas, Reclamos y Sugerencias.

¿Cómo se tramitan los asuntos en el SQRS?
Las comunicaciones recibidas por intermedio del Sistema de Quejas, Reclamos y Sugerencias son radicadas por la Secretaría de la Sede correspondiente, la cual debe determinar a quién corresponde la competencia. El trámite puede ser directo cuando el asunto es susceptible de análisis y respuesta por parte de la Secretaría; o sujeto a traslado, cuando por su materia o naturaleza se requiere la intervención y respuesta por parte de otra Dependencia.
¿En cuánto tiempo me darán respuesta?
Los términos para dar respuesta están determinados por el Código Contencioso Administrativo así:
- Derecho de petición en interés general
o en interés particular: 15 días hábiles
- Derecho de petición de información: 10 días hábiles
- Derecho de formulación de consulta: 30 días hábiles
¿Cómo debe ser la respuesta?
La respuesta que se emita frente a cada asunto además de oportuna debe ser pertinente y suficiente. Esto implica que el funcionario competente está obligado a responder en forma completa sobre el fondo del asunto preguntado o solicitado, resolviendo efectivamente los interrogantes y peticiones.